ACTIVIDAD ACADÉMICA > REINSTALACIÓN DEL CAPITULO REGIONAL DE BUCARAMANGA
     
    Reinstalación del Capítulo Regional de Bucaramanga
BUCARAMANGA, JULIO 27 DE 2007

En sesión extraordinaria del ventisiete de julio de dos mil siete, realizada en el salón Augusto Espinosa Valderrama, en la sede de la Gobernación de Santander, la Academia reinstaló su Capítulo de Bucaramanga, posesionando como Académicos Correspondientes a los juristas Luz Stella Londoño Gómez, Martha Inés López Bautista, Genith Toledo Carreño, Ilva Lucia Trillos de Naranjo, Avelino Calderón Rangel, Eduardo Pilonieta Pinilla, Carlos Enrique Quijano Rueda y Julián Hernando Rodríguez Pinzón.

Palabras pronunciadas por el Doctor Marco Gerardo Monroy Cabra

   

AVELINO CALDERÓN RANGEL

Abogado de la Universidad Nacional. Especialista en Derecho de Familia de la Universidad Externado de Colombia y en Docencia de la Universidad Santo Tomás. Magistrado de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bucaramanga. Es autor de Lecciones de derecho hereditario y Cartilla de derecho hereditario.

     
   

LUZ STELLA LONDOÑO GÓMEZ

Abogada de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Especialista en Ciencias Políticas de la Universidad Autónoma de Bucaramanga. Profesora de la Universidad Autónoma de Bucaramanga en las cátedras de obligaciones y sociedades. Autora de Violencia en Santander y Habeas data y derecho a la intimidad. Es además Miembro de la Asociación Colombiana de Derecho de Seguros y de la Association Internacional de Droit Des Assurances.

TRABAJO DE POSESIÓN

     
   

MARTHA INÉS LÓPEZ BAUTISTA

Abogada de la Universidad Santo Tomás de Aquino de Bucaramanga. Conciliadora del Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Bucaramanga. Conjuez de la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior de Bucaramanga.

TRABAJO DE POSESIÓN

     
   

EDUARDO PILONIETA PINILLA

Abogado de la Universidad Externado de Colombia. Especialista en Derecho Laboral de la Universidad Externado de Colombia – Universidad Autónoma de Bucaramanga. Magíster en Educación, investigación y docencia de la Universidad Santo Tomás de Bucaramanga. Miembro principal del Consejo de la Universidad Manuel Beltrán de Bucaramanga; Es autor de Manual de Derecho Laboral para la carrera de Tecnología empresarial de la Universidad a Distancia.

TRABAJO DE POSESIÓN

     
   

CARLOS ENRIQUE QUIJANO RUEDA

Abogado y Tecnólogo en Administración de Empresas de la Universidad Autónoma de Bucaramanga. Especialista en Derecho de Seguros en la Universidad Autónoma de Bucaramanga. Ha sido Director de la Revista Providencias del Tribunal Superior de Bucaramanga.

TRABAJO DE POSESIÓN

     
   

JULIÁN HERNANDO RODRÍGUEZ PINZÓN

Abogado de la Universidad Santo Tomás. Especialista en Derecho Penal de la Universidad Externado de Colombia, en Derecho Procesal de la Universidad Santo Tomás y en Docencia Universitaria de la Universidad Santo Tomás. Magistrado Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga. Profesor Universitario. Es autor de Compendio de Derecho Penal en coautoría con Mario Mantilla y El Peculado en el nuevo Código Penal.

TRABAJO DE POSESIÓN

     
   

GENITH TOLEDO CARREÑO

Abogada. Especialista en Derecho Penal y Administrativo. Procuradora Delegada ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga.
TRABAJO DE POSESIÓN

     
   

ILVA LUCIA TRILLOS DE NARANJO

Abogada. Especialista en Derecho Comercial. Abogada externa de diversos bancos colombianos.

TRABAJO DE POSESIÓN

     
   

DISCURSO PRONUNCIADO POR EL DOCTOR MARCO GERARDO MONROY CABRA COMO PRESIDENTE DE LA ACADEMIA COLOMBIANA DE JURISPRUDENCIA

REINAUGURACION DEL CAPITULO REGIONAL DE BUCARAMANGA

Permítame Señor Gobernador agradecer a nombre de la Academia Colombiana de Jurisprudencia la condecoración que se ha impuesto a esta Corporación que siempre ha buscado el progreso y perfeccionamiento del derecho. Esta distinción compromete nuestra eterna gratitud y es un aliciente para continuar nuestra tarea que en últimas es la lucha por el derecho, por los valores y principios constitucionales y por la vigencia de un orden justo.

Nos encontramos en esta bella ciudad para reinaugurar el Capitulo Regional de la Academia Colombiana de Jurisprudencia dado que únicamente sobrevive del Capítulo original el destacado jurista Doctor Gustavo Rueda Prada a quien saludamos muy especialmente.

Debo en primer lugar a nombre de la Academia agradecer la presencia de tan importantes personalidades que adornan este acto.

BREVISIMA HISTORIA DE BUCARAMANGA

En 1622 se estableció un poblado de indígenas para la explotación del oro bajo el nombre de Real de Minas de Bucaramanga, que en 1772 se convirtió en parroquia con el nombre de Parroquia de Nuestra Señora de Chiquinquirá y San Laureano del Real de Minas de Bucaramanga. Luego, por medio de un decreto de 1823 se dispuso la conversión de las antiguas parroquias en villas y aparece entonces la Villa de Bucaramanga.

En 1857 la Villa de Bucaramanga es designada como capital del Estado independiente de Santander, distinción de la cual se le despoja parcialmente en 1861 cuando se señala como capital del estado a la Villa del Socorro, para recuperarla después de la Constitución de 1886.

A lo largo del siglo XX esta ciudad de convirtió en importante centro urbano, con una rica vida académica como que se ha convertido en asiento de más de diez universidades lo que muestra la pujanza de su cultura y humanismo.

UN ACTO DE JUSTICIA.

Debo expresar que este acto es de elemental justicia porque premia y rinde homenaje a la preparación y ejecutorias de los distinguidos juristas que hoy ingresan a la Academia habiendo llenado los requisitos exigidos por los Estatutos de la Corporación para acceder a la calidad de académicos correspondientes.

Los juristas que hoy ingresan a esta Academia siguen la trayectoria de los eminentes abogados que han brillado en Santander como Dámaso Zapata, Carlos Martínez Silva, Florentino González, Pedro Gómez Valderrama, Aurelio Camacho Rueda, Pedro Manuel Arenas, Humberto Barrera Domínguez, Víctor Manuel Espinel Blanco, Mario Galán Gómez, Manuel Serrano Blanco, José Camacho Carreño, y otros ilustres juristas que han sobresalido en el foro colombiano y a quienes rendimos tributo de admiración.

FUNCIONES DE LA ACADEMIA.

La Academia Colombiana de Jurisprudencia fue fundada en 1894 como entidad cultural de derecho privado. Tiene como objetivos esenciales: a) El estudio, desarrollo y perfeccionamiento del Derecho; b) Servir de órgano consultivo del Gobierno Nacional; c) Emite dictámenes por iniciativa propia o a solicitud de personas de derecho público o privado sobre cuestiones del Derecho; c) Realiza la promoción y discusión de temas importantes a través de tertulias, conferencias, congresos etc.

La Academia está formada por 50 académicos de número, 200 académicos correspondientes, 10 miembros honorarios, un número importante de miembros extranjeros, y de ella han hecho parte doce Presidentes de la República.

Permítanme decir algunas palabras sobre el imperio del derecho y la importancia de la adopción del Estado social de derecho en nuestra Constitución Política de 1991.

EL IMPERIO DEL DERECHO

El imperio del derecho está inspirado en la fe en los valores y principios constitucionales, en la creencia que a través del derecho es posible resolver los conflictos por medio de procedimientos democráticos, y que no hay que acudir a la violencia para remediar la injusticia social.

La sociedad pluralista en que vivimos reclama la coexistencia y ponderación de los valores y principios que han quedado plasmados en la Constitución de 1991. .

La fe en el imperio del derecho, la confianza en la justicia y la verdad, la práctica de los principios democráticos, y la defensa de los derechos humanos, han inspirado la nueva Carta constitucional.

La Constitución ya no sólo tiene por objeto la distribución formal del poder entre los distintos órganos estatales, sino que está dotada de contenido material, de principios y derechos que condicionan la validez de las normas inferiores.

Expresa Zagrebelsky (El derecho dúctil, Edit Trotta, Madrid, 19992, pág 63) que:”La ley, un tiempo medida exclusiva de todas las cosas en el campo del Derecho, cede así el paso a la Constitución y se convierte ella misma en objeto de mediación. Es destronada a favor de una instancia más alta. Y esta instancia más alta asume ahora la importantísima función de mantener unidas y en paz sociedades enteras divididas y concurrenciales “.

El derecho es un instrumento idóneo para lograr la paz y la justicia social.

Los derechos se han efectivos a través del derecho. Decía Tocqueville (De la démocratie en Amérique, 1, 2 parte, Cap VI) que “ Después de la idea de la virtud, yo no conozco idea más bella que la de los derechos, o más bien, ambas ideas se confunden. La idea de los derechos no es otra cosa que la idea de la virtud introducida en el mundo político.”

No es necesario empuñar un arma para defender un derecho ya que su reconocimiento está a cargo de jueces que los realizan a través de acciones constitucionales y legales.

El olvido de los medios pacíficos de solución de conflictos desde la autocomposición, la conciliación, el arbitraje, el aumento del ánimo litigioso, el deseo de lucro, han impedido que la sociedad pueda ver al abogado como paladín de la justicia y de la verdad.

Por esta razón es necesario restaurar la idea del abogado consejero, componedor de causas justas, inspirado en lograr la justicia y preocupado por la defensa del orden jurídico y luego de los intereses que le han sido confiados.

El abogado debe ser defensor de los derechos humanos, enemigo de las injusticias, y adalid de la defensa de los valores y principios del Estado social de derecho y la democracia.

La lengua de la Revolución ha cambiado por la lengua de los derechos como lo advierte Eduardo García Enterría (La lengua de los derechos, Alianza Universidad, Madrid, 1994). Expresa este profesor que:” Frente al viejo Corpus iuris civilis legado por la civilización romana a Occidente, comprensivo del Derecho Civil, para regular las relaciones entre las personas, he aquí un Corpus iuris civitatis que ha acertado a articular un sistema de relaciones entre los ciudadanos y los poderes públicos, un Derecho Público de la libertad, cuya irradiación ha sido aún más extensa, y que fue forjado entre la violencia, la ensoñación y la razón en un momento concreto de la historia del pensamiento humano.”

EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO.

Se ha producido un tránsito de la concepción del derecho desde el punto de vista individualista contenido en el Código de Napoleón a hoy en que rige el Estado social de Derecho.

El profesor Lucas Verdú (En Nueva Enciclopedia Jurídica, palabra “Estado “pág 852) enumera las circunstancias que son causas o consecuencias del cambio del Estado de Derecho de corte liberal al Estado Social y democrático de Derecho: “El Estado moderno occidental se caracteriza por ser estructura política condicionada por la masificación. Ello supone varias consecuencias. En primer lugar, la homogeneización o uniformación de algunos supuestos políticos de la convivencia: igualdad jurídica y social; cambio en la justificación de ciertos derechos políticos y sociales que ahora se explican mediante la transformación social que la masificación implica; necesidad de una política social para todos y no para una clase social oprimida;

Transformación del Estado liberal de Derecho, apoyado en la burguesía, en un Estado social de Derecho que se fundamenta en la convivencia de múltiples grupos sociales calificados por su función.”

Las características del Estado social de Derecho según este autor pueden resumirse en pluralismo, solidaridad e intervencionismo.

Actualmente se observa el aumento de exigencias sociales en gran escala (salud, educación, bienestar, servicios sociales etc) que implican la necesidad de la solidaridad, el sacrificio individual en beneficio del bien común y reglas sobre prioridades y asignaciones en la sociedad.

Ha dicho Fernando Díez Moreno ( El Estado social, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2004, pag 78 ): “ La cuestión consiste en que se podrá llegar a un conjunto de reglas normativas que traten de proteger la libertad, recompensar las realizaciones y fortalecer el bien social, dentro de las limitaciones de la economía. Propone Bell la idea de un “hogar público “una esfera que abarque el hogar doméstico y la economía de mercado en que se juzguen las pretensiones de un grupo frente a otro; sopesar las pretensiones de las personas como miembros de grupos, frente a los derecho individuales; equilibrar la libertad y la igualdad, la igualdad y la eficacia.”

La relación entre el Estado y la sociedad ha conducido al Estado social.

El tratadista García Pelayo (Las transformaciones del Estado contemporáneo, Alianza Universidad, Madrid, 1977, págs 18 a 21) dice que el Estado social significa históricamente el intento de adaptación del Estado tradicional (es decir, el Estado liberal burgués) a las condiciones sociales de la civilización industrial y postindustrial con sus nuevos y complejos problemas, pero también con sus grandes posibilidades técnicas, económicas y organizativas para enfrentarlos.

De todo lo anterior surge la conclusión en el sentido que los principios y valores que inspiran el Estado social y democrático de Derecho son la mejor fundamentación teórica para el logro pleno de un orden social justo y el pleno reconocimiento de la integralidad de los derechos fundamentales de las personas.

LA IDEA DE DESCENTRALIZAR LA ACADEMIA.

El deseo de descentralizar su actividad académica ha motivado la necesidad de fundar Capítulos Regionales que permitan integrar las mejores inteligencias del foro colombiano. Esta idea que fue inspirado por Monseñor Rafael Gómez Hoyos quien desempeñó la Presidencia de esta Corporación ha sido seguida por todos los Presidentes de la Corporación lo que le ha permitido a la Academia tener Capítulos Regionales en Medellín, Cali, Cartagena, Manizales, Tunja, Popayán, Barranquilla, Ibagué, y Pasto.

Es en desarrollo de esta tarea que el día de hoy se instala el Capítulo Regional en esta ciudad de Bucaramanga con la integración de los mejores juristas de esta ciudad.

Este acto es de justicia con los juristas de esta región que han contribuido al desarrollo del derecho.

Ya hemos citado una pléyade de juristas de esta región que han honrado el foro colombiano y cuya trayectoria continúan los juristas que hoy ingresan a la Corporación.

BIENVENIDOS SEÑORES ACADEMICOS:

La Academia se va a beneficiar con sus aportes académicos e investigativos por lo cual esperamos que se integren activamente a las tareas de la Corporación ya sea enviando artículos a la Revista, respondiendo consultas que se les soliciten, o preparando libros para ser publicados por la Corporación.

Sean Uds bienvenidos a la Academia que se congratula con su trayectoria al servicio del derecho y los mejores deseos para que su participación sea activa y fructífera en beneficio del derecho.

Muchas gracias.

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